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En riesgo, organizaciones por endurecimiento de obligaciones fiscales

Carlos Bautista Sánchez, presidente del Cuarto consejo directivo de la asociación de fiscalistas del estado, explicó que en el momento en el que incumplan con alguno de los requisitos u obligaciones, automáticamente dejarán de tributar como donatarias autorizadas, perderán el registro

Con los cambios fiscales que entraron en vigor este 2021, se establecen obligaciones más “agresivas” para las organizaciones sin fines de lucro, por lo que se prevé que muchas de ellas desaparezcan, reconoció Carlos Bautista Sánchez, presidente del Cuarto consejo directivo de la asociación de fiscalistas del estado de Querétaro.

“Para efectos del 2021, sí tenemos algunos cambios que nos van a impactar de manera fiscal, uno de ellos tiene que ver con las cuestiones de la organizaciones sin fines de lucro, llámense donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos; pues a partir de este año les establecen obligaciones más duras y agresivas”.

Explicó que en el momento en el que incumplan con alguno de los requisitos o con alguna de sus obligaciones, automáticamente dejarán de tributar como donatarias autorizadas, perderán el registro, tendrán la obligación de liquidarla y pasar todo su patrimonio a otras donatarias autorizadas.

“Consideramos que esta reforma, respecto a las donatarias es agresiva, porque no solamente perderían la posibilidad de recibir donativos deducibles, sino que ya no podrían continuar operando con la obligación de que todo su patrimonio pase a un tercero”.

Recordó que hasta el año pasado había algunas facilidades para las donatarias porque son empresas que no buscan un fin de lucro, sino, que normalmente buscan un fin asistencial al apoyar a otros sectores vulnerables de la población.

Por ello, aseguró que se prevé que desaparezcan un gran número de estas organizaciones sin fines de lucro al momento en que reciban recursos que no sean directamente relacionados con su actividad.

“Claro que muchas organizaciones van a desaparecer porque a partir de enero del 2021 el que no cumpla con que el pago, siendo mayor a 2 mil pesos, pague con cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario o con transferencia electrónica de fondos ya se considerará como le llamamos remanente distribuirle ficto, es decir, ya serán unas cantidades que tengan obligación de pagar impuesto sobre la renta”.

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