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Aceptan recomendación por feminicidio en Tequisquiapan

La recomendación está relacionada con el feminicidio de una mujer en el Barrio de la Magdalena, municipio de Tequisquiapan, en junio del año pasado

Debido a la violación de los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, igualdad, trato digno, vida y derecho de la mujer a una vida libre de violencia, la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió la recomendación (239) 2/2020 dirigida al fiscal general de la entidad, Alejandro Echeverría Cornejo; a la directora del Instituto Queretano de las Mujeres, Valeria Guerrero Ángeles; así como a los presidentes municipales de Tequisquiapan y San Juan del Río, Antonio Mejía Lira y Guillermo Vega Guerrero, respectivamente.

La recomendación, aceptada totalmente y en proceso de cumplimiento -según informó la DDHQ-, derivó del expediente de queja DDH/399/2019 iniciada de oficio y está relacionada con el feminicidio de una mujer en el Barrio de la Magdalena, municipio de Tequisquiapan, en junio del año pasado.

“Se tiene por acreditada la falta de diligencia por parte de las instancias señaladas como responsables, así como la omisión de actuar con perspectiva de género para la debida atención de la ciudadana (conforme a sus respectivas facultades), mujer que acudió ante las autoridades antes aludidas, solicitando apoyo al señalar ser víctima de violencia por parte de su expareja”, expone el documento.

Los Institutos Municipales de la Mujer de San Juan del Río y Tequisquiapan, así como el Queretano de las Mujeres, indica la recomendación, no aseguraron la prevención de posibles afectaciones a la víctima, a pesar de que identificaron que estaba en riesgo. En tanto, detalla, la Fiscalía General debió realizar un análisis criminal para identificar que las carpetas de investigación abiertas por robo a casa habitación y violencia familiar, guardaban relación, dado que el probable responsable de dichos ilícitos era la expareja de la víctima.

Entre las recomendaciones se encuentra que la víctima indirecta de los hechos, es decir, la hija de la mujer privada de la vida, debe recibir una indemnización y una beca que garantice su educación universitaria.

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