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Consulta popular, un crisol para la democracia del país

Para los expertos en derecho constitucional, política y derecho penal, la consulta popular a realizarse el próximo 1 de agosto pudiera ser desde un ejercicio ocioso hasta una introducción para un cambio en el modelo electoral del país

El próximo 1 de agosto se llevará a cabo en el país la consulta popular para preguntar a la ciudadanía sobre la posibilidad de enjuiciar, o no, a los actores políticos del pasado, a los expresidentes, en un acto que, para los expertos en derecho constitucional, política y derecho penal, pudiera encajar en un perfil ocioso o, incluso, en una introducción para un cambio en el modelo electoral del país.

De acuerdo con el doctor en Derecho y profesor de tiempo completo de la Facultad de Derecho en la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), Luis Avendaño González, la consulta popular es un mecanismo que se utiliza en términos del artículo 35 de la Constitución para poder preguntar a la ciudadanía algunos temas que pudieran constituirse como de relevancia nacional, siempre y cuando se resguarden algunos temas en materia de derechos fundamentales y de seguridad nacional.

«Este proceso del 1 de agosto, por cuanto ve al trámite constitucional y legal, es una consulta y una pregunta apegada a derecho. La pregunta sí transitó y siguió la ruta que traza la Constitución, pues la Suprema Corte de Justicia tuvo por objeto regular la confidencialidad del debido proceso y suprimir nombres específicos con respecto a personas; no obstante, es una pregunta que no tendría que formularse, porque la aplicación de la ley no está sujeta a consulta».

En ese sentido, Avendaño González acotó que si el presidente de la República o cualquier autoridad tienen conocimiento de la existencia de una violación a la ley, el inicio de procedimientos no tendría que estar sujeto a una pregunta, ya que «la ley no es democrática».

Además, explicó que si algún expresidente pudiera haber cometido algún delito, estos están prescritos, es decir, la consulta popular no tiene ningún efecto jurídico, porque los delitos «tienen una vigencia» de entre cinco y 10 años, o sea, al único que se le pudiera fincar algún tipo de responsabilidad sería al último de los expresidentes, Enrique Peña Nieto.

«Desde un aspecto estrictamente legalista, no me parece que tengamos que justificar a partir de una consulta popular la aplicación o no de la ley; la ley tiene que aplicarse sí o sí. Si el presidente (Andrés Manuel López Obrador), o cualquier órgano que haya identificado una acción ilegal, tiene que aplicar inmediatamente la ley sin necesidad de una consulta popular, luego entonces, me parece que la consulta encaja en un perfil ocioso y dentro de ciertos parámetros políticos, a los cuales no voy a hacer referencia».

Cambio en el modelo electoral

En cuanto al acto de consulta en sí, Martha Gloria Morales Garza, doctora en Ciencias Sociales y profesora e investigadora en la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), indicó que el 1 de agosto en México se van a experimentar «cosas interesantes», porque desde hace tiempo se discute, a nivel nacional, la necesidad de cambiar el modelo electoral, es decir, que en vez de que haya “una casilla en casi cada esquina”, como sucede actualmente en las colonias, que haya mesas concentradas de votación, lo que representaría menores costos en cuanto a la organización de un proceso electoral.

«Va a ser un esfuerzo único y vamos a experimentar un mecanismo electoral diferente, por lo tanto, yo sugeriría que hay que ir a votar, hay que ir a participar; porque de otra forma, el mensaje que enviamos es que queremos gobernantes que tomen solos las decisiones y yo creo que eso no es cierto. Yo creo que queremos participar en tomas de decisiones, a lo mejor esta en particular a algunos les parece que no es tan importante, está bien; sin embargo, yo creo que deberíamos hacer un acto de democracia».

Asimismo, Morales Garza dijo que este ejercicio fortalece la práctica participativa ciudadana, además de envía un mensaje a la población de que la impunidad ya no debe pasar: “Si no se juzga a quien cometió delitos y se puede probar, entonces la gente vive en el mundo de la impunidad; eso moralmente hay que cambiarlo y esta decisión de que se juzgue a todos, si se tienen las pruebas, es una decisión importante en contra de la cultura de la corrupción e impunidad, por eso hay que ir a votar e ir aprendiendo, porque la democracia requiere de aprendizaje”.

Graves problemas de Estado de derecho

En lo que respecta al derecho penal, Víctor Antonio Ángeles Arias, presidente del Colegio de Abogados Penalistas del estado de Querétaro, expresó que si se pretendiera dar el efecto de una investigación respecto de las conductas ilícitas de los expresidentes, se tendrían “graves” problemas de núcleo de Estado de derecho, es decir, la prescripción de los delitos, la retroactividad de las leyes, la punibilidad del delito, o sea, los años que pudieran estar en cárcel, entre otros aspectos; además, la cantidad de información que se resguarde respecto de los sexenios pasados.

“Vayamos al expresidente más lejano, el Estado de derecho y la normatividad vigente que le sería aplicable para las conductas o hechos acontecidos en su sexenio no son los mismos que están hoy en día. Por ejemplo, si tomamos como ejemplo el sexenio de Enrique Peña Nieto, tendrían que verificar en ese sexenio qué leyes estaban vigentes y cuáles eran las características, porque a un expresidente no le puedes perseguir todo el catálogo de delitos que se contienen en los códigos penales federales, solo algunos”.

Concluyó que, en el ámbito penal, llevar a cabo ese enjuiciamiento resultaría muy complejo.

“Juzgar a un expresidente no le quita la calidad de persona, la presunción de inocencia en el ámbito de trato, de carga de prueba, y desde esa perspectiva no podrían iniciar con sospechas simples, pero para que se ejerza una acción penal difícilmente una simple sospecha o una simple afirmación pudiera proceder”.

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