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Continúa en análisis, solicitud de pensión por orfandad: IMSS

El IMSS afirmó que sigue analizando la petición de pensión por orfandad de María Patricia, quien padece insuficiencia renal, hipertensión arterial, diabetes, lesión en una pierna y trastorno maniaco-depresivo

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aseveró que sigue en análisis la documentación de la solicitud de pensión por orfandad de acuerdo con lo que marca la ley de la dependencia federal, en el caso de una mujer de 65 años con insuficiencia renal, hipertensión, diabetes tipo 2, lesión en una pierna y trastorno maniaco-depresivo, del que dio cuenta, este 22 de enero, “Códigoqro”.

Lo anterior, luego de que el 17 de noviembre de 2023, el Departamento de Prestaciones Económicas de la delegación del IMSS en el estado, mediante el “oficio de desechamiento de trámite”, negó la pensión por orfandad a María Patricia, quien, debido a su estado mental de nacimiento, dependió económicamente de su padre, asegurado fallecido a los 87 años, a consecuencia del virus SARS-CoV-2, en 2021.

En una tarjeta informativa, el IMSS respondió: “La solicitud de pensión por orfandad presentada por la hermana de la derechohabiente está en análisis de documentos que marca la ‘Ley del Seguro Social’, ya que hasta el momento no se cuenta con el total de los mismos. Hasta el momento, no se cuenta con una negativa de pensión, por lo que el área correspondiente está en espera de concretar dicho trámite”.

Yolanda, hermana y “persona de apoyo” de la solicitante por sentencia del Juzgado Tercero Familiar de Primera Instancia de Querétaro, indicó que, en la actualidad, María Patricia no recibe atención médica de parte del IMSS y busca su obtención.

Trámite pendiente

El instituto sostuvo: “Brindamos acompañamiento a la familiar de la paciente para orientarla sobre los trámites que debe realizar y así poder gestionar con éxito la pensión que requiere”.

Yolanda indicó que el IMSS desechó el trámite de solicitud de pensión por orfandad (con folio 23/8034179), bajo el argumento de que María Patricia no realizó un “juicio de tutela”.

Cabe recordar que, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), solicitar estado de interdicción es violatorio de los derechos humanos de las personas con discapacidad, tales como su reconocimiento a la personalidad y capacidad jurídica.

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