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Congreso Local dictaminará minuta de ley 3 de 3

El próximo miércoles, la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso Local discutirá y aprobará la ley 3 de 3 para la creación de un padrón nacional de deudores alimentarios

Aunque la minuta de la ley 3 de 3, enviada por el Congreso de la Unión a las legislaturas locales, ya fue aprobada en los 17 estados requeridos para que se decrete su constitucionalidad, en la 60 Legislatura apenas será este miércoles cuando se discuta en la Comisión de Puntos Constitucionales, adelantó el diputado local de Querétaro Independiente (QI), Manuel Pozo Cabrera.

En entrevista, el legislador local señaló que es un tema de la Mesa Directiva el informar el motivo por el cual la minuta tuvo un retraso en ser enviada a dicha comisión legislativa, ya que esta llegó al Congreso Local desde principios de mayo.

«Nosotros nos hubiera gustado dictaminar desde la semana pasada; sin embargo, la recibimos el jueves, básicamente saliendo de la sesión de pleno fue cuando tuve conocimiento de la misma y la estaremos dictaminando, independientemente de que haya logrado la aprobación de los 17 congresos», declaró.

Asimismo, precisó que, una vez que la minuta sea aprobada en la Comisión de Puntos Constitucionales, tendrá que ser enviada al pleno del Congreso Local, lo cual dependerá de la Mesa Directiva el programar la fecha de la sesión; explicó que la ley 3 de 3 tomará vigencia hasta que el Senado de la República declare su validez y, posteriormente, sea publicada en el Diario Oficial de la Nación (DOF).

Homologación de leyes

«Una vez que sea publicada empezarán a correr los plazos y sobre todo aplicar el tema de los transitorios es muy importante, es lo que nos va a permitir generar en los congresos locales la homologación necesaria», puntualizó.

Pozo Cabrera consideró que la ley 3 de 3 es un parteaguas que no se limitará a la reforma constitucional, sino que permitiría el uso de las facultades del Congreso Local de darle un mayor ejercicio.

Explicó que la minuta es una reforma constitucional al artículo 112 y artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se señala la creación de un padrón nacional de deudores alimentarios; así como una limitación en el ejercicio de los derechos a quienes tengan una condena por violencia familiar y sexual.

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