fbpx

¿Por qué el desinterés y la indiferencia?

En el 2022, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y los organismos garantes en los estados (Infoqro en el caso de Querétaro), ejercieron un presupuesto total de 2 mil 265 millones 431 mil 853 pesos; de este, el 43 por ciento correspondió al primero y el 57 por ciento a los segundos.

Dichos organismos recibieron, principalmente a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, 21 mil 835 solicitudes de acceso a la información pública y protección de datos personales; 2 mil 602 (11.9 por ciento) en el INAI y 19 mil 233 en los organismos estatales (88.1 por ciento). Y respondieron 21 mil 577 solicitudes: 2 mil 493 (11.6 por ciento) por parte del INAI y 19 mil 084 (88.4 por ciento) por parte de los locales.

Asimismo, el INAI y los organismos garantes en los estados recibieron 97 mil 444 recursos de revisión, de los cuales 93 mil 840 fueron en materia de acceso a la información pública y 3 mil 604 sobre protección de datos personales.

Lo anterior, según el Censo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Estatal y Federal 2023, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la semana pasada.

De acuerdo con el censo -en un comparativo con el 2020- las solicitudes recibidas disminuyeron 30.4 por ciento, las respondidas 33.6 por ciento y las pendientes de concluir 67.6 por ciento; pero los recursos de revisión (que representan la vía legal para que los solicitantes de información impugnen la respuesta recibida a sus solicitudes por parte de los sujetos obligados) aumentaron 88 por ciento.

En una primera lectura, los datos podrían llevarnos a concluir que estos organismos -como sostiene el presidente Lopez Obrador- son “onerosos” y “no sirven para nada” ya que, como puede verse, en realidad son poco utilizados por los mexicanos.

Sin embargo, el tema debería -me parece- analizarse en función de que el acceso a la información y la protección de datos personales son derechos humanos garantizados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y documentos internacionales adoptados por nuestro país, como por ejemplo: la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal; y el Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, a las Autoridades de Control y a los Flujos Transfronterizos de Datos.

Y deberíamos también preguntarnos el porqué del poco interés, la indiferencia o incluso el desprecio de la sociedad hacia el marco normativo y estas instituciones encargadas de garantizar el ejercicio de los citados derechos ¿es por desconocimiento y falta de compromiso hacia su propia seguridad (en el caso de la protección de datos personales), pero también hacia la necesidad de transparencia y rendición de cuentas en un régimen democrático?

Porque ¿quién, en su sano juicio, estaría en contra de que toda la información gubernamental sea pública y los particulares tengamos acceso a la misma; de que se garantice la protección de los datos personales en poder de particulares y de autoridades de todos los niveles y poderes, órganos autónomos, fideicomisos y fondos públicos, partidos políticos, sindicatos y cualquier otra persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad; y de la democratización de la sociedad mexicana y la vigencia del estado de derecho?

Y debería alarmarnos a todos el tono de burla y cinismo con el que el presidente López Obrador ha respondido a las críticas por haber publicado el expediente sobre el deceso del cónyuge de la analista política María Amparo Casar, sin haber elaborado en todo caso una versión pública en la que estuvieran testados los datos personales (considerados por ley como información clasificada), con el pretexto de que la pensión que ella recibe fue producto de un supuesto acto de corrupción (y que, en todo caso, debió seguir el procedimiento legal de una investigación seria); y, en general, su despecio hacia el INAI y los organismos locales:

“Y los defensores, intelectuales igual de deshonestos, en vez de solicitar que la autoridad competente resuelva y se aclare eso, no, piden que se respeten los datos personales, cuando si se trata de un acto de corrupción pues no se puede mantener en secreto”.

No cabe duda que lo que este país requiere es más preparación, menos politiquería y un absoluto respeto a la ley…

El arte, aliado incómodo de la conciencia (parte 2)

NOTICIAS RELACIONADAS

MÁS NOTICIAS

Más leído