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viernes, mayo 16, 2025
    GLOBALCorte Suprema de EUA impide a Trump reanudar expulsión de venezolanos 

    Corte Suprema de EUA impide a Trump reanudar expulsión de venezolanos 

    Los magistrados bloquearon este plan porque estiman que no les da suficiente tiempo para impugnar su expulsión y dijeron que los detenidos tendrán “una medida cautelar temporal”

    La Corte Suprema de Estados Unidos impidió al presidente Donald Trump reanudar la expulsión de migrantes venezolanos a los que acusa de ser pandilleros bajo una ley del siglo XVIII, en un fallo emitido este viernes.

    Cabe recordar que en marzo el magnate invocó la Ley de enemigos extranjeros de 1798, usada hasta entonces solo en tiempos de guerra, para expulsar a presuntos pandilleros venezolanos a una megaprisión en El Salvador.

    Trump los acusa de ser miembros de la banda Tren de Aragua, declarada organización “terrorista” global por Washington.

    Ante ello, la Corte Suprema, integrada por nueve magistrados, de los cuales tres son progresistas, intervino por primera vez en este caso el 19 de abril para bloquear las deportaciones sumarias de migrantes venezolanos en situación irregular a El Salvador.

    La administración del mandatario republicano recurrió de nuevo al máximo tribunal para poder deportar a otro grupo recluido en Texas. Sin embargo, en un dictamen de siete contra dos los magistrados bloquearon sus planes porque estiman que no les da suficiente tiempo para impugnar su expulsión.

    “Una notificación aproximadamente 24 horas antes de la expulsión, desprovista de información sobre cómo ejercer los derechos del debido proceso (…) no cumple los requisitos”, se lee en el fallo.

    La Corte Suprema considera que está demasiado “alejada de las circunstancias sobre el terreno” y devuelve el caso al Quinto Circuito, un tribunal de apelaciones, para que se pronuncie sobre el fondo: “Para ser claros, hoy únicamente decidimos que los detenidos tienen derecho a una notificación mayor que la dada el 18 de abril, y otorgamos una medida cautelar temporal”.

    “El 19 de abril no abordamos, ni lo hacemos ahora, los fundamentos de las alegaciones de las partes sobre la legalidad de las deportaciones” en virtud de la Ley de enemigos extranjeros, precisaron.

    Con información de: El Economista

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