El dictamen a la minuta que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución política / Foto: Cortesía
Con el aval de la oposición, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas para prohibir en la Constitución la reelección consecutiva y el “nepotismo electoral”; sobre esto último, el dictamen pasó con la modificación hecha por el Senado, en la que se pospone su entrada en vigor hasta 2030 en lugar de 2027, como lo propuso la presidenta Claudia Sheinbaum.
El dictamen a la minuta que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución política para prohibir la reelección consecutiva y el nepotismo electoral fue aprobado en lo general, con la mayoría calificada de 477 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. El pleno de la Cámara baja continúa con la discusión del proyecto en lo particular.
Estas reformas prohíben la reelección inmediata en la Constitución política para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Se destaca que los senadores y diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios, siempre que no hubieran estado en ejercicio, pero los senadores y diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.
Mientras que, en materia de nepotismo electoral, se indica como requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
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