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abril 17, 2024

Aprueban tipificar las desapariciones forzadas como delitos de lesa humanidad

El dictamen, que fue avalado en la Cámara baja con 470 votos a favor y una abstención, fue remitido al Senado para su análisis

El pleno de la Cámara de Diputados avaló modificaciones para elevar las sanciones en materia de desapariciones forzadas, incluida establecer que dicho delito sea catalogado como de lesa humanidad.

El dictamen, que fue avalado con 470 votos a favor y una abstención, fue remitido al Senado para su análisis.

Entre las modificaciones realizadas a diversas disposiciones de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares, y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, el Código de Justicia Militar y la Ley Nacional del Registro de Detenciones, plantean que el delito de desaparición forzada de personas constituya un crimen de lesa humanidad, en términos del Estatuto de Roma.

Con la finalidad de fortalecer el ordenamiento jurídico mexicano para mejorar las estrategias de combate y mitigación de las desapariciones forzadas.

El dictamen también precisa los casos en que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de desaparición forzada de personas, cuando hayan tenido conocimiento de que los subordinados, bajo su autoridad y control, estaban cometiendo o se proponían cometer un delito de desaparición forzada, o haya conscientemente hecho caso omiso de información que lo indicase claramente.

Además, cuando hayan ejercido su responsabilidad y control efectivos sobre las actividades con las que el delito de desaparición forzada guardaba relación, y cuando no hayan adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o impedir que se cometiese una desaparición forzada, o para poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes para su propia investigación.

Asimismo, impone pena de 20 a 30 años de prisión y de 500 a 800 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien omita entregar a la autoridad o familiares al niño o niña nacidos durante el cautiverio de su madre sometida a una desaparición forzada; sustraiga o se apropie del niño o niña sometidos a desaparición forzada, o cuyo padre, madre o tutor hayan sido sometidos a desaparición forzada y, oculte, destruya o falsifique aquellos documentos que prueben la identidad de los niños mencionados en las fracciones anteriores.

Mientras que determina que incurren en el delito de desaparición cometida por particulares, la persona o grupo de personas que priven de la libertad a una persona, se nieguen a reconocer dicha privación, oculten el paradero de la persona desaparecida para sustraerla de la protección de la ley.

En tanto, establece que, en cualquier caso, el servidor público que sea acreedor a sanciones administrativas, para poder incorporarse a las funciones que le son propias, deberá acreditar nuevamente los cursos necesarios para el desempeño de su cargo o comisión.

Contempla que la investigación, persecución, procesamiento y sanción de las conductas relacionadas con el delito de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, sólo será competencia de las autoridades federales o estatales del orden civil, aun cuando dichas conductas sean realizadas por un militar en contra de otro militar.

Durante la discusión del proyecto, la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (Morena), consideró que este dictamen es un paso importante en favor de miles de personas que han sido víctimas del delito de desaparición forzada.

La legisladora dijo que la aprobación del dictamen consistió en recoger varias propuestas de reforma para armonizar el derecho vigente con lo establecido en los tratados internacionales en materia de desapariciones forzadas, al ser tipificado como crimen de lesa humanidad.

La aprobación del dictamen, expuso, se suma a los esfuerzos realizados desde la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia del caso Ayotzinapa, el cual fue uno de los compromisos más importantes que realizó el presidente de la República. “No podemos entender la lucha de la democracia si no va acompañada por la lucha de la libertad, de la verdad y de los derechos humanos”.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez (Morena), señaló que la desaparición forzada es un crimen complejo y un delito que viola todo tipo de derechos, no solo de la persona desaparecida, sino de sus familiares y seres queridos.

Argumentó que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNL) de la Secretaría de Gobernación, al día de hoy permanecen desaparecidas y no localizadas más de 105 mil 805 personas en el país.

Las reformas, añadió, van en armonía con la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, y ayudan a mejorar las estrategias de combate y mitigación de las desapariciones forzadas.

Destacó que entre los objetivos del dictamen está el de catalogar de lesa humanidad los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares, y señalar los casos en que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de desaparición forzada de personas.

Con la aprobación del dictamen, expuso, “tenemos en nuestras manos la posibilidad de incidir en la protección y fortalecimiento de los derechos de tantas personas desaparecidas y de sus familiares. Solicitamos su voto a favor, estamos convencidos de que tanto las víctimas como sus familiares tienen derecho al acceso a la justicia y a la reparación integral del daño”.

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