El pleno de la SCJN determinó que las reformas a a Ley de la Industria Eléctrica no invaden el ámbito de competencias de la Comisión Federal de Competencia Económica
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la controversia constitucional que interpuso la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra del decreto de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, promovidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
La Corte determinó que las reformas a dicha ley no invaden el ámbito de competencias de la Cofece.
Cabe destacar que ese organismo consideró que parte del contenido de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica son contrarias a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad, en afectación a su esfera competencial al impedirle garantizar la competencia y libre concurrencia en este sector.
El ministro Mario Pardo Rebolledo argumentó que “la Cofece acude a impugnar una reforma a la Ley de Industria Eléctrica que en nada afecta sus competencias, sino en abstracto al principio de competencia económica, bajo el argumento de que viene a defender el principio de competencia económica en las actividades de generación y comercialización de la energía eléctrica, desnaturalizaría el objeto del presente medio de control constitucional”.
El pleno de la SCJN sobreseyó la controversia constitucional, al determinar que dichos preceptos no producen un principio de afectación o agravio en la esfera de competencia de dicho organismo constitucional autónomo y, por tanto, carece de interés legítimo para promover.