La diputada del PVEM, Perla Patricia Flores Suárez, presentó una iniciativa de reforma en materia de comercialización de animales, con el objetivo de tener una mejor regulación y apego a los ordenamientos en la materia
Con el objetivo de que la comercialización de especies sea algo mejor regulado, en apego a lo que dictan diversos ordenamientos en la materia, la diputada Perla Patricia Flores Suárez, coordinadora del grupo legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó en la Oficialía de Partes de la 61 Legislatura estatal, la “Iniciativa de Ley por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Ambiental del Estado de Querétaro, en materia de comercialización de animales”.
Dijo que plantea que existe una legislación similar vigente en otras entidades como la Ciudad de México, donde desde 2017 se prohibió la venta de animales en bazares, mercados públicos. Además, en diciembre pasado se aprobó una reforma a la Constitución federal en la que se amplían las facultades del Congreso de la Unión para expedir leyes sobre protección y bienestar de los animales, también se estable que el cuidado animal es una responsabilidad coordinada y se estipula que se legislará para un trato justo y digno.
Por ello, la legisladora planteó la reforma el artículo 311 del Código Ambiental, para establecer la prohibición de ofrecer o distribuir animales vivos de cualquier especie con fines de propaganda “política o comercial”. También propone establecer que “está estrictamente prohibida” la venta o donación de animales vivos de cualquier especie a personas menores de 18 años y que “las crías de animales de compañía de vida silvestre no están sujetas al comercio abierto”.
La diputada propone que además de los requisitos que ya considera el Código Ambiental, en el artículo 315, para que los establecimientos dedicados a la comercialización legal de especies de fauna en el estado obtengan la autorización respectiva, se establezca que estos deberán “disponer de comida suficiente y adecuada, agua, lugares para dormir y personal capacitado para el cuidado de los animales”. Asimismo, en el artículo 316, plantea la propuesta de que quede prohibido que en los locales de exhibición o expendio de animales, se ofrezcan estos en venta si están enfermos, lesionados “o mutilados”.
Perla Flores también está planteando en su propuesta, la prohibición de vender cualquier tipo de animal, ya sea silvestre o doméstico, tanto en la vía pública, como “en vehículos o en áreas comunes”. Además propone establecer que al momento de la venta, el vendedor debe entregar al comprador: Un certificado de vacunación y uno de salud en el que conste que el animal se encuentra libre de enfermedades, así como un documento que acredite la venta y en el que conste el sexo, edad y antecedentes de procedencia del animal, también nombre y domicilio de la persona responsable, además de un Manual de Cuidado.
“La comercialización podrá realizarse por medio de catálogos, siempre y cuando se cumpla con la normatividad federal y local en materia de protección, cuidado y trato digno y respetuoso a los animales”, dijo y contempla la adición de un Artículo 322 Bis, que establezca que “toda persona física o moral que se dedique a la cría, venta deberá disponer de todos los medios necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso”.