La acción de institucionalidad contra la Ley de Aguas fue presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia; y fue admitida a trámite por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat
Luego de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negara un amparo contra la Ley de Aguas del estado de Querétaro, el excandidato del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) al Senado de la República, Santiago Nieto Castillo, precisó que el Alto Tribunal aún debe resolver una acción de inconstitucionalidad contra dicha norma.
“Todavía se encuentra pendiente de resolución la acción de inconstitucionalidad 102/2024 y esperaremos. Desde luego, nosotros desde la Cuarta Transformación y desde Morena en Querétaro, seremos absolutamente respetuosos con la decisión que tome la SCJN”, señaló.
En este sentido, afirmó que es falsa la versión de que la máxima instancia jurisdiccional del país haya desechado dicho recurso, el cual fue presentado por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.
“No se vale mal informar a la ciudadanía, lo que resolvió la Suprema Corte fue un amparo en contra de la Ley de Aguas, pero por el tema particular de los medidores individuales; esto es lo que fue desechado y no así la acción de inconstitucionalidad 102/2024”, puntualizó.
Acción de inconstitucionalidad
El recurso presentado por la consejera jurídica del Poder Ejecutivo Federal, María Estela Ríos González, fue admitido a trámite por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien -el pasado 10 de junio- solicitó informes tanto al Gobierno Estatal de Querétaro como al Congreso Local sobre la legislación impugnada.
Aunque Nieto Castillo afirmó que “es falso que se haya resuelto la constitucionalidad de esta ley”, la Primera Sala de la SCJN sí reconoció la constitucionalidad de los artículos 6, 53, 56, 57, 59, 67, 68, 73, 78, 82, 133, 141, 155, 157 y 160 de la Ley que regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro.
En un comunicado, el Alto Tribunal detalló que la validez de estos artículos obedece a las reformas llevadas a cabo por el Congreso Local el 9 de abril pasado, cuando fueron eliminados términos como “concesionarios” y “con fines comerciales”.
La #PrimeraSalaSCJN analizó la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley que regula la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento del Estado de Querétaro.
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