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Aprueban otra vez reformas al Código Penal del Estado de Querétaro

La Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales del Congreso Local avaló cambios al Código Penal para que solo se sancionen las protestas contra obras públicas si se ejerce violencia

Los diputados integrantes la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales del Congreso Local aprobaron diversas reformas al Código Penal para el Estado de Querétaro, referentes a la pandemia, entre ellas, se establece que solo se sancionarán las manifestaciones en contra de obras públicas, si se ejerce violencia.

Agustín Dorantes Lámbarri, presidente de la Comisión en mención, explicó que se reformó el artículo 289, a fin de evitar que se interprete que este viola la libertad de expresión y de reunión.

“El dictamen coincide con la necesidad de reformar el artículo 289 del Código Penal, pero admite que, al hacer una revisión sobre todo de los artículos que se modifican con el decreto publicado en el Periódico Oficial, La Sombra de Arteaga, el 20 de diciembre de 2020, se encontraron ventanas de oportunidad para mejorar dichas disposiciones y asegurar el pleno respeto de los derechos humanos y procesales de toda la población”.

Con la presencia de Roxana Ávalos Vázquez, presidenta de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, Dorantes Lámbarri detalló que el dictamen modifica la iniciativa y dispone la reforma al primer párrafo del artículo 127 BIS-1, el primer párrafo del artículo 143, el tercer párrafo del artículo 170, el primer párrafo del artículo 286 y los artículos 287, 288, 290, 293, 299, 300, 303, 304, todos del Código Penal.

Aclaró que en los artículos 170 y 288 sobre delitos cometidos en agravio de personal de salud, protección civil o seguridad pública, se especifica que el incremento en la pena de estos ilícitos solo se dará durante una emergencia sanitaria decretada por la autoridad competente.

Al respecto, Ávalos Vázquez aclaró que a pesar del aval que dio al nuevo dictamen, los actos de inconstitucionalidad en contra de algunos artículos considerados violatorios de derechos humanos continúan su proceso jurídico ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“La idea de subsanar esas violaciones es que se indique a la Corte que ya no existen esos aspectos, pero eso lo tiene que determinar la Suprema Corte”.

Sin turnar recurso de inconstitucionalidad contra reformas al Código Penal

Katia Lemus

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