Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) declararon fundada la omisión de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para resolver el procedimiento sancionador CNJP-PS-QUE-037/2020, que revocaba la imposibilidad de que Juan José Ruiz Rodríguez acceda a puestos de dirigencia partidista.
De acuerdo con el proyecto de sentencia del juicio local de los derechos político electorales, identificado como TEEQ-JLD-25/2020, cuya ponencia estuvo a cargo de la magistrada Gabriela Nieto Castillo, desde el 16 de julio del presente año se agotaron todas las instancias que prevé la normativa intrapartidaria para desahogar los procedimientos sancionadores; además de que en las constancias del expediente, no se advierte que la Comisión Nacional de Justicia haya justificado la dilación en que ha incurrido para resolver.
“En relación con el juicio local de los derechos político electorales de cuenta, se resuelve: primero, es fundada la omisión señalada por el actor; segundo, se ordena al instituto correspondiente atender a lo dispuesto en el apartado de efectos de esta sentencia”, dijo el magistrado presidente del TEEQ, Ricardo Gutiérrez Rodríguez, tras la votación.
Durante la sesión de resolución de este miércoles, los magistrados del tribunal determinaron que se modifique el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) para la remoción de consejerías electorales y destitución de los titulares de las secretarías técnicas de los consejos distritales y municipales.
Asimismo, se declararon improcedentes los juicios de los derechos político electorales TEEQ-JLD-26/2020 y TEEQ-JLD-27/2020, con los que se impugnaba la convocatoria del 29 de julio de 2020, para la integración de las coordinaciones municipales de Morena. El escrito se reencauzó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de dicho partido.
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