Las violaciones a los derechos humanos se atribuyen a personal de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes por omisiones en el cuidado de una adolescente
Por violar los derechos humanos de igualdad, integridad, seguridad personal y vida, así como el principio de interés superior de la niñez, la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió la recomendación (238) 1/2020 a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Querétaro, instancia que, precisó el organismo autónomo, la aceptó en su totalidad y se encuentra en proceso de cumplimiento.
De acuerdo con la recomendación -derivada del expediente de queja DDH/548/2018- dirigida al titular de dicha procuraduría, Oscar Hernández Hernández, fechada el 13 de febrero de este año y publicada en días recientes por la DDHQ, las mencionadas violaciones a los derechos humanos se atribuyen a personal de dicha instancia por omisiones en el cuidado de una adolescente, quien se quitó la vida en noviembre de 2018 en un Centro de Asistencia Social.
“Las pruebas aportadas, en el presente caso, por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Querétaro no fueron suficientes para demostrar que dicha autoridad implementó las acciones y medidas que resultaran necesarias, idóneas y eficaces para garantizar el bienestar psicológico de (la víctima) y, por consiguiente su vida, como se describió con antelación, quedando acreditada la responsabilidad de dicha autoridad por conductas omisivas, toda vez que era obligación de dicha autoridad como tutor de la adolescente, el prevenir todas aquellas situaciones que pudieran conducir, tanto por acción como por omisión, a la transgresión de los derechos”, puntualiza.
En la recomendación, la DDHQ pide que se inicien los procedimientos administrativos conducentes, a efecto de deslindar responsabilidades; asimismo indica que en un plazo no mayor a 60 días naturales, contados a partir de la aceptación de la recomendación, se presente un proyecto de mecanismo para regular el debido funcionamiento de los centros de asistencia social con los que se tengan convenios de colaboración.