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La transición a la justicia electrónica

Los tiempos del Covid han forzado y adelantado procesos de modernización y transición digital que de otra manera probablemente también habrían llegado, pero que en el estatus de comodidad ordinaria seguramente se habrían desarrollado con un ritmo más lento.

Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro desde hace años tiene una plataforma digital que posibilita en muy buena medida que el seguimiento ordinario de los juicios que se siguen ante los órganos del Tribunal se puedan llevar vía electrónica. Este sistema permite revisar el expediente y promover escritos desde la propia computadora, sin necesidad de pararse en los juzgados e, incluso, si quien ha activado el expediente electrónico así lo desea, se pueden recibir notificaciones electrónicas con plena validez, lo que supone que los funcionarios del Juzgado encargados de realizarlas puedan ahora hacerlo en la red.

Confieso, y supongo que muchos abogados se me unirán, que, aunque esta alternativa digital lleva años presente en el tribunal, nunca había tenido la curiosidad de hacer uso de ella sino hasta ahora que los tiempos del Covid nos llaman a quedarnos en casa en la mayor medida posible. Quizá será porque nunca había sentido la verdadera necesidad de dedicarle un tiempo a cumplir los sencillos requisitos para usarla y aprender a hacerlo.

Ahora que empiezo a ser usuario de esta plataforma no tengo reparo en decir que me parece fantástica y que espero que su uso se vuelva cada vez más frecuente, pues, entre otras cosas, evita algunos costos innecesarios y, mientras sigamos en estos tiempos de contingencia sui generis, nos evita la saturación física de los tribunales.

Celebro también que la justicia electrónica empieza a andar con pasos más veloces y contundentes en el Poder Judicial de la Federación que, al igual que el Tribunal de Justicia del estado, ya tenía una plataforma digital habilitada desde hace años, pero que puedo apostar que también tenía un uso bastante menor.

El pasado 8 de junio, el Consejo de la Judicatura Federal emitió el Acuerdo General 12/2020, que regula la forma de integrar y tramitar los expedientes electrónicos y el uso de videoconferencias en los asuntos de competencia del Poder Judicial de la Federación (PJF). El acuerdo es bastante amplio y, por ello, si alguien lo quiere leer, lo invito a que lo busque en la página web del Consejo de la Judicatura (cjf.gob.mx), pero es igualmente fantástico en la medida que habilita la posibilidad de promover y desahogar un juicio ante los órganos del PJF en su práctica totalidad en línea.

Esto, en los tiempos de Covid, en los que el PJF ha restringido su actividad física para atender asuntos únicamente de los considerados “urgentes”, para los cuales ha emitido un listado no restrictivo, posibilita que la impartición de justicia pueda seguir avanzando y se materialice en un esquema digital.

En ese sentido, dada la naturaleza y el tamaño del PJF, se ha creado toda una plataforma que brinda soporte a los profesionistas y partes que decidan suscribirse a este nuevo modelo de justicia digital. E interesantemente, porque es uno de los primeros esfuerzos que veo en el tema, se han comenzado a emitir guías y tutoriales más amigables y centrados en los usuarios para hacer más fácil el proceso de aprender a utilizar estas plataformas.

Es una forma aún somera de aplicar el diseño centrado en el usuario en el mundo legal, pero que es un paso de enormes magnitudes dadas las arenas en las que nos movíamos antes de esto. Esta idea de mejorar las instituciones y los procedimientos legales pensando en las necesidades de sus usuarios reales no es otra cosa que aplicar ‘design thinking’ en el derecho y las políticas públicas, y es parte de una disciplina cada vez más pujante llamada ‘Legal Design’ de la que en otra ocasión hablaré con más detalle.

Desde aquí un aplauso a las instituciones que están apostando por la modernidad digital y a los profesionistas que se están sumando a estos esfuerzos.

* El autor es maestro en Derecho Ambiental y Políticas Públicas por la Universidad de Stanford, y socio en Ballesteros y Mureddu, SC

Manuel Mureddu González

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