El aborto, como cualquier otro delito, está regulada en los códigos penales y son los Congresos estatales los que establecen qué se considera delito y cómo se castiga./Foto: Agencia EFE
Aunque la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a favor de la despenalización de la interrupción del embarazo no obliga a los Congresos locales a legislar en favor del aborto, es cuestión de tiempo para que haya una sentencia en contra del “Código penal de Querétaro”, explicó Francisco Cué, abogado e integrante del equipo de Incidencia del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
Lo anterior, derivado de los amparos que la organización ha interpuesto en los estados en donde todavía se criminaliza esta práctica. Recordó la resolución de la semana pasada y la emitida el 30 de agosto, en la que se ordenó al Congreso de Aguascalientes anular este tipo penal.
Explicó que el fallo de la SCJN radicó en una demanda de amparo presentada por GIRE en contra del “Código penal federal”, ya que se detectó que en las instancias de salud públicas federales no se otorgaba este servicio.
Ahondó en que el aborto, como cualquier otro delito, está regulada en los códigos penales y son los Congresos estatales los que establecen qué se considera delito y cómo se castiga.
No obstante, hay algunos delitos que son del orden federal, por ejemplo, los de alto impacto, que se castigan con base en lo establecido en el “Código penal federal”, pero hay ciertos escenarios en donde un delito se puede cometer en suelo mexicano, pero no en una entidad federativa, como puede ser en una embajada o en un edificio federal.
“Es muy relevante lo que ganamos esta semana porque desde 2007, cuando se despenalizó el aborto en la Ciudad de México, las instituciones federales como IMSS o ISSSTE, les decían a las derechohabientes que habitaban en la Ciudad de México que no podían prestar el servicio porque, como son instituciones federales, se rigen por la legislación federal”.
Bajo ese contexto, explicó que con este fallo las instancias de salud pública federal no podrán negar el servicio, aunque en la entidad no se haya despenalizado el aborto.
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