El TEEQ aprobó una amonestación pública al titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos del IEEQ
El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) aprobó una amonestación pública al titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) por tramitar- una denuncia “por supuesta violencia política y calumnia” interpuesta por un hombre en calidad de regidor del municipio de Corregidora- como un procedimiento ordinario sancionador y no como procedimiento especial sancionador, como lo establece el párrafo cuarto del artículo 232 de la Ley Electoral del Estado.
El TEEQ declaró inexistente la conducta que el denunciante atribuyó a cuatro mujeres, quienes de acuerdo “a su estima” constituyeron posible de violencia política y calumnia en su contra, al señalar que el dos de junio durante una conferencia de prensa realizaron manifestaciones que tuvieron como efecto limitar, anular y menoscabar el ejercicio efectivo de su derecho a contender a un cargo de elección popular sin contar con sustento alguno.
Sin embargo, el TEEQ resolvió inexistente la violencia política en su contra toda vez que observó que las manifestaciones hechas por las denunciadas se encuentran amparadas por la libertad de expresión dado que lo realizaron en un acto de denuncia pública por la violencia política en contra de la mujeres en razón de género en las diferentes campañas electorales. La calumnia en su contra también se declaró inexistente, ya que no se actualizan los elementos necesarios para que se configure, mismos que han sido definidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como objetivo, subjetivo y electoral.
Por otra parte, toda vez que a consideración de la parte actora se cumplieron los requisitos de procedibilidad de su queja y, además, se actualizó un cambio en situación jurídica que la deja sin materia, el TEEQ desechó un medio de impugnación promovido a través de un juicio local de los derechos políticos electorales interpuesto por una persona que señaló una omisión por parte de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) de admitir o dar trámite a un recurso intrapartidario interpuesto el 21 de diciembre del 2021.
Así mismo, se aprobó un apercibimiento dirigido dicha comisión para que en lo sucesivo respete el derecho a la tutela judicial efectiva de sus militantes.